PROGRAMA KIT DIGITAL

Ayudas para la digitalización de microempresas, pequeñas empresas y personas en situación de autoempleo

Resumen de Bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo

Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).

A través del bono digital, las empresas pueden solicitar ayudas a fondo perdido para soluciones de digitalización según La Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).

STD Gestión Documental, ha realizado un resumen de las bases reguladoras para facilitar el acceso a todas las empresas interesadas en los productos y servicios del Catálogo de soluciones del Kit Digital.

Información General

¿Quién convoca la ayuda?

¿Cuál es el objetivo de la convocatoria?

Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo que permitan la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado e incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital.

Beneficiarios de las ayudas

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español. Se establecen los siguientes segmentos de beneficiarios según el número de empleados y la categoría de empresa:

  • Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
  • Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.
  • Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados.

Las futuras convocatorias determinarán el segmento o los segmentos de beneficiarios que podrán solicitar las ayudas.

No podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.

Requisitos de los beneficiarios

  • Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa o personas en situación de autoempleo.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas de minimis.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
  • Una vez concedida la subvención, los beneficiarios deberán seleccionar y contratar la solución o soluciones que deseen adoptar ofrecidas por los Agentes Digitalizadores adheridos al Catálogo de Soluciones de Digitalización del Kit Digital. Una vez contratada la solución, los beneficiarios deberán formalizar con el Agente Digitalizador un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, pudiendo formalizar hasta un Acuerdo por Categoría.

¿A quién va dirigida?

  • Autónomos
  • PYMEs

Sector

  • Innovación

Ámbito geográfico

  • Nacional

¿A partir de cuándo puedo solicitar la ayuda?

¿Hasta cuándo puedo solicitar la ayuda?