Condiciones generales

Índice

Importes

  • Importe total de la convocatoria: 3.067 Millones de €
  • Tipo de financiación: Subvención a fondo perdido
  • Importe mínimo: 2.000 €
  • Importe máximo: 12.000 €

El programa Kit Digital tiene una dotación total de 3.067 millones de euros. El presupuesto de cada convocatoria vendrá establecido en la misma. Las ayudas o «bono digital» se concederán a las empresas por orden de presentación de solicitudes hasta agotar los fondos. Los importes máximos de ayuda por categoría y segmento serán:

Categoría Meses Prestación Segmento III Segmento II Segmento I
Sitio Web y Presencia en Internet
12
2.000 €
2.000 €
2.000 €
Comercio Electrónico
12
2.000 €
2.000 €
2.000 €
Gestión de Redes Sociales
12
2.000 €
2.500 €
2.500€
Gestión de Clientes
12
2.000 € (1 usuario)
2.000 € (1 usuario)
4.000 € (3 usuarios)
Business Intelligence y Analítica
12
1.500 € (1 usuario)
2.000 € (1 usuario)
4.000 € (3 usuarios)
Gestión de Procesos
12
500 € (1 usuario)
2.000 € (3 usuarios)
6.000 € (10 usuarios)
Factura Electrónica
12
500 € (1 usuario)
1.000 € (3 usuarios)
1.000 € (3 usuarios)
Servicios y Herramientas de Oficina Virtual
12
250€/usuario (hasta 2 usuarios)
250€/usuario (hasta 9 usuarios)
250€/usuario (hasta 48 usuarios)
Comunicaciones Seguras
12
125€/usuario (hasta 2 usuarios)
125€/usuario (hasta 9 usuarios)
125€/usuario (hasta 48 usuarios)
Ciberseguridad
12
125€/dispositivo (hasta 2 dispositivos)
125€/dispositivo (hasta 9 dispositivos)
125€/dispositivo (hasta 48 dispositivos)

Los beneficiarios abonarán el precio de las soluciones de digitalización que contraten mediante la cesión, parcial o total, del derecho al cobro de la subvención a los Agentes Digitalizadores Adheridos.

El pago de las ayudas se realizará, por tanto, al Agente Digitalizador una vez justificada y comprobada la acción. La diferencia entre el coste de la solución contratada y el importe de la subvención concedida deberá ser abonado por el beneficiario al Agente Digitalizador.

El plazo máximo para la formalización de Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización por ambas partes será de 6 meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda, salvo que la convocatoria establezca un plazo inferior.

Destino financiación y acceso

Elementos a financiar:

Serán subvencionables los gastos para la adopción de las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo teniendo en cuenta las cuantías máximas establecidas.

Categorías del Catálogo de Soluciones de Digitalización

  1. Presencia en internet y sitio web: creación de una página web para la pyme y/o prestación de servicios para dar visibilidad a la misma en los principales sitios de Internet.
  2. Comercio electrónico: creación de una tienda online de compraventa de productos y/o servicios que utilice medios digitales para su intercambio.
  3. Gestión de redes sociales: promocionar la pyme en redes sociales.
  4. Gestión de clientes y/o proveedores: digitalizar y optimizar la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.
  5. Business Intelligence y analítica: explotación de datos de la empresa para la mejora del proceso de toma de decisiones.
  6. Servicios y herramientas de oficina virtual: implantar soluciones interactivas y funcionales que permitan la colaboración más eficiente entre los trabajadores de la pyme.
  7. Gestión de procesos: digitalizar y/o automatizar procesos de negocio relacionados con los aspectos operativos o productivos de la pyme.
  8. Factura electrónica: digitalizar el flujo de emisión de facturas entre la pyme y sus clientes.
  9. Comunicaciones seguras: proporcionar a las pymes seguridad en las conexiones entre los dispositivos de sus empleados y la empresa.
  10. Ciberseguridad: proporcionar a las pymes seguridad básica y avanzada para los dispositivos de sus empleados.

Las ayudas a la adopción de soluciones de digitalización podrán destinarse a sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario siempre que supongan una mejora funcional.

No serán subvencionables

  • El IVA, el Impuesto General Indirecto Canario ni el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación.
  • Los impuestos sobre las rentas de personas físicas o sociedades, así como otros tributos y tasas, de tipo nacional, autonómico o local.
  • Los intereses de las deudas.
  • Los intereses de mora, los recargos y las sanciones administrativas y penales.
  • Los gastos derivados de procedimientos judiciales.
  • Gastos financieros.
  • Gastos de infraestructura y obra civil.
  • Terrenos.
  • Hardware.
  • Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet.
  • Los gastos relativos a la compensación por labores prestadas por terceros para la obtención de las presentes ayudas (gastos por prestación de servicios de asesoría, de gestoría o de similar naturaleza).

Información adicional de la convocatoria

¿La ayuda está sujeta al Régimen de Minimis? Sí
(Menos de 200.000 €)

¿Dónde se tramita?

La ayuda se tramitará a través de la sede electrónica habilitada para cada convocatoria y accesible desde la plataforma Acelera Pyme.

La solicitud será realizada por el solicitante, su representante legal o un representante voluntario que cuente con su autorización en el contexto de una convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria, o superior si esta establece otro plazo. Este plazo concluirá antes en caso de agotarse los fondos.

Pasos hay que realizar para conseguir el bono digital

  1. Registrarse en https://acelerapyme.gob.es/registro-pyme
  2. Realizar un test de diagnóstico digital para conocer el grado de digitalización actual de la empresa.
  3. Consultar las diferentes categorías de soluciones de digitalización y escoger aquéllas que sean prioritarias en su empresa.